¿Cómo se podrían conciliar estas dos formas de gobierno?
Yo no soy partidario (más bien lo contrario) de las democracias parlamentarias, porque son democracias habitualmente más restringidas. Ni soy partidario del antirepublicanismo que plantea "la separación de poderes" como un modo (que sólo ocurre en la teoría) de "control entre poderes". Todas esas boludeces, respetables en algunos teóricos, habitualmente son sacralizadas por las derechas cuando están en una situación de, digamos, defensiva estratégica.
El asunto del federalismo no es menor: habrá quienes crean que el sistema legislativo (el congreso, no hay parlamento en la Argentina) es bicameral por la cuestión de la separación de poderes aún al interior de un propio poder. Y...no, no es por eso. La historia fue conduciendo a esa institución legislativa, ya en la modernidad, como el canal de lucha política en dos niveles: uno puramente partidario y otro, digamos, territorial. Pero en la Argentina, como señala la constitución, las provincias son entidades preexistentes a la nación.
Vamos por partes.
En primer lugar, la separación de poderes, pretende canalizar la lucha política de una manera distributiva del poder, intentando evitar, básicamente, la aniquilación de un sector a otro. Intentando evitar la guerra. La política, en sí misma, no puede evitar la guerra. De hecho, la política no se suspende (hay divulgaciones de un autor militar muy reconocido que machacan sobre este error) por comenzar una guerra. En el momento de la guerra, la política sigue transcurriendo.
Las instituciones políticas a través de la separación de poderes pretenden equilibrar dos momentos, dos acontecimientos, de la república: el momento de la cristalización del cambio de correlaciones de fuerzas (por ejemplo, si esa república es democrática -no toda república lo es- ese momento es cuando un partido político le gana las elecciones a otro partido) y, a la vez, un segundo momento: el de la continuidad. Por este segundo momento es que tiene legitimidad la integración de las minorías en el congreso y, sobre todo, el poder judicial, encargado de custodiar los pactos políticos preexistentes (la constitución, el código penal, las leyes vigentes, etc) y regular, a su vez, que el cambio de estos pactos políticos se haga en tiempos largos y con correlaciones de fuerzas de mayor exigencia. Por eso es más fácil prorrogar un presupuesto por decreto que modificar, por ejemplo, la reelección presidencial en la constitución.
A esto, en el sistema político nacional, se le agregan condimentos particulares (pero a la vez, extendidos en el mundo) que para no hacerla larga, resumidos en dos espacialidades: la espacialidad federal (cada una de las provincias) y la espacialidad internacional, que cada vez cobra mayor relevancia. Ambas espacialidades son constitutivas y están relacionadas con los dos grandes momentos de la organización política. Basta recordar el rol del puerto en la sanción de la constitución, producto a su vez de la derrota de Rosas en Caseros y así.
Lo importante es que el conflicto político -inherente en toda sociedad- es anterior a las instituciones. La separación de poderes, entonces, busca que sea al interior de las instituciones donde se dirima el conflicto político.
Entonces, tenemos que si la separación de poderes tiene ese rol, no todas las separaciones de poderes pueden canalizar los conflictos políticos, dado que los mismos no son iguales en todas las sociedades.
¿Porqué sacralizar entonces la existencia de un poder judicial nacional, un congreso nacional y un ejecutivo nacional?
¿Es que acaso estas instituciones han resuelto los conflictos que se proponían en los pactos políticos de las entidades preexistentes?
No sacralizar la separación de poderes no implica abogar por su supresión, simplemente, llamar la atención de que se puede respetar el concepto de separación de poderes pero pensar en poderes que resuelvan la canalización de viejos y nuevos conflictos políticos preexistentes.
Por ejemplo: si se suprimiera la bicameralidad, o si se votase un congreso por padrón único nacional (como en la actual elección de presidente, por ejemplo) no se violaría el concepto de separación de poderes pero, en mi visión por lo menos, se agravarían más los problemas preexistentes. En el caso de la justicia, si se traspasaran a la órbita federal -al poder judicial de la nación- los hurtos, por ejemplo, no habría quién investigue o actúe en 23 provincias de nuestro país: la policía federal es una cosa vecinal, de los porteños, que paga el resto del país. O sí se eligiese el presidente, a través del senado -así funciona, por ejemplo, un modo de parlamentarismo- y el senado se eligiese como hasta antes del 2001, un cordobés votaría legisladores que elegirían un senador que elegiría un presidente, un concordiense votaría una lista de diputados y un candidato a senador (que no podría ser el mismo que elija yo, paranaense) que elegirían entre ambos un senador que votaría un presidente y así. Pequeño detalle: en Entre Ríos yo votaría, por ejemplo, un partido que no se llama peronista pero pongamos que sí, un cordobés votaría un partido que no se llama peronista pero pongamos que sí, claro que a uno lo maneja Urribarri y al otro De La Sota.
Bueno, me cansé de escribir esto, otro día sigo. Chau, buenas noches.
Yo no soy partidario (más bien lo contrario) de las democracias parlamentarias, porque son democracias habitualmente más restringidas. Ni soy partidario del antirepublicanismo que plantea "la separación de poderes" como un modo (que sólo ocurre en la teoría) de "control entre poderes". Todas esas boludeces, respetables en algunos teóricos, habitualmente son sacralizadas por las derechas cuando están en una situación de, digamos, defensiva estratégica.
El asunto del federalismo no es menor: habrá quienes crean que el sistema legislativo (el congreso, no hay parlamento en la Argentina) es bicameral por la cuestión de la separación de poderes aún al interior de un propio poder. Y...no, no es por eso. La historia fue conduciendo a esa institución legislativa, ya en la modernidad, como el canal de lucha política en dos niveles: uno puramente partidario y otro, digamos, territorial. Pero en la Argentina, como señala la constitución, las provincias son entidades preexistentes a la nación.
Vamos por partes.
En primer lugar, la separación de poderes, pretende canalizar la lucha política de una manera distributiva del poder, intentando evitar, básicamente, la aniquilación de un sector a otro. Intentando evitar la guerra. La política, en sí misma, no puede evitar la guerra. De hecho, la política no se suspende (hay divulgaciones de un autor militar muy reconocido que machacan sobre este error) por comenzar una guerra. En el momento de la guerra, la política sigue transcurriendo.
Las instituciones políticas a través de la separación de poderes pretenden equilibrar dos momentos, dos acontecimientos, de la república: el momento de la cristalización del cambio de correlaciones de fuerzas (por ejemplo, si esa república es democrática -no toda república lo es- ese momento es cuando un partido político le gana las elecciones a otro partido) y, a la vez, un segundo momento: el de la continuidad. Por este segundo momento es que tiene legitimidad la integración de las minorías en el congreso y, sobre todo, el poder judicial, encargado de custodiar los pactos políticos preexistentes (la constitución, el código penal, las leyes vigentes, etc) y regular, a su vez, que el cambio de estos pactos políticos se haga en tiempos largos y con correlaciones de fuerzas de mayor exigencia. Por eso es más fácil prorrogar un presupuesto por decreto que modificar, por ejemplo, la reelección presidencial en la constitución.
A esto, en el sistema político nacional, se le agregan condimentos particulares (pero a la vez, extendidos en el mundo) que para no hacerla larga, resumidos en dos espacialidades: la espacialidad federal (cada una de las provincias) y la espacialidad internacional, que cada vez cobra mayor relevancia. Ambas espacialidades son constitutivas y están relacionadas con los dos grandes momentos de la organización política. Basta recordar el rol del puerto en la sanción de la constitución, producto a su vez de la derrota de Rosas en Caseros y así.
Lo importante es que el conflicto político -inherente en toda sociedad- es anterior a las instituciones. La separación de poderes, entonces, busca que sea al interior de las instituciones donde se dirima el conflicto político.
Entonces, tenemos que si la separación de poderes tiene ese rol, no todas las separaciones de poderes pueden canalizar los conflictos políticos, dado que los mismos no son iguales en todas las sociedades.
¿Porqué sacralizar entonces la existencia de un poder judicial nacional, un congreso nacional y un ejecutivo nacional?
¿Es que acaso estas instituciones han resuelto los conflictos que se proponían en los pactos políticos de las entidades preexistentes?
No sacralizar la separación de poderes no implica abogar por su supresión, simplemente, llamar la atención de que se puede respetar el concepto de separación de poderes pero pensar en poderes que resuelvan la canalización de viejos y nuevos conflictos políticos preexistentes.
Por ejemplo: si se suprimiera la bicameralidad, o si se votase un congreso por padrón único nacional (como en la actual elección de presidente, por ejemplo) no se violaría el concepto de separación de poderes pero, en mi visión por lo menos, se agravarían más los problemas preexistentes. En el caso de la justicia, si se traspasaran a la órbita federal -al poder judicial de la nación- los hurtos, por ejemplo, no habría quién investigue o actúe en 23 provincias de nuestro país: la policía federal es una cosa vecinal, de los porteños, que paga el resto del país. O sí se eligiese el presidente, a través del senado -así funciona, por ejemplo, un modo de parlamentarismo- y el senado se eligiese como hasta antes del 2001, un cordobés votaría legisladores que elegirían un senador que elegiría un presidente, un concordiense votaría una lista de diputados y un candidato a senador (que no podría ser el mismo que elija yo, paranaense) que elegirían entre ambos un senador que votaría un presidente y así. Pequeño detalle: en Entre Ríos yo votaría, por ejemplo, un partido que no se llama peronista pero pongamos que sí, un cordobés votaría un partido que no se llama peronista pero pongamos que sí, claro que a uno lo maneja Urribarri y al otro De La Sota.
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Persona de contacto : Alejandro Solorzano
Saludos cordiales.