Tercer
artículo
Comunitarios
y alternativos: ciudadanía inconclusa
La ley audiovisual menciona a organizaciones sin fines de
lucro como sujeto con derecho de acceso a licencias de radio y televisión.
Dentro de este sector se hallan fundaciones, cooperativas, sindicatos, es
decir, organizaciones que pueden poseer gran envergadura y también grupos
comunitarios y alternativos que, en la Argentina, cuentan con una fértil
historia de emisiones clandestinas en procesos dictatoriales y alternativas,
alegales o truchas a partir de la recuperación del régimen constitucional en
1983 mientras rigió un marco legal que sólo permitía como operadores a
entidades con fines de lucro y al Estado (en un rol subordinado).
Un factor decisivo en la metamorfosis del sistema
de medios desde la recuperación del régimen constitucional fue el surgimiento
incesante de nuevas plataformas de emisión. Primero fueron las radios FM que
desde 1980 modificaron el lenguaje radiofónico y segmentaron públicos y
géneros. Además, en la salida de la Dictadura el dial se nutrió con la
movilización social a través de experiencias comunitarias y barriales que, si
bien se hallaban proscriptas, lograron en 2009 su reconocimiento legal
(excepción hecha de la ley 26053/05 que tuvo escasa materialización). La
combinación de un proceso social de expansión de las libertades individuales y
colectivas con la disponibilidad de tecnologías de la comunicación (primero
FM´s, más adelante abaratamiento de equipos televisivos y aprovechamiento de
Internet como plataforma de distribución de contenidos) y un Estado que desde
1981 carece de un plan técnico que ofrezca información pública sobre la
cantidad de frecuencias radiales y televisivas en cada localidad del país,
arrojó un resultado que modificó en los hechos el panorama de los medios
comunitarios, alternativos y locales desde comienzos de los ochentas (ver al
respecto Vinelli, 2013).
La ley audiovisual se inscribe, como se señaló, en un paradigma de
reconocimiento del derecho a la comunicación y a la cultura, en sintonía con la
tradición que vincula la libertad de
expresión con los derechos humanos contenida en la Declaración
Universal de DDHH, en la
Convención Americana de DDHH, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en la profusa labor del Sistema Interamericano
de Derechos Humanos (SIDH) en esta materia que canaliza la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión.
Es decir que de estar vedado su ingreso formal a la
ciudadela de los medios, hoy el marco legal reconoce el derecho a la ciudadanía
de muchos sujetos (colectivos e individuales). Como metáfora, podría decirse
que la plaza pública de los medios hoy reconoce el derecho de acceso a todos y
no solamente a quienes pueden pagar para entrar. De ser una plaza arancelada se
transformó, en el plano legal, en un espacio abierto. Claro que entre el
reconocimiento del derecho y su efectiva materialización hay una enorme
diferencia.
Si bien la norma audiovisual abrió el espacio legal
para organizaciones sin fines de lucro, en los hechos continúan los obstáculos
para el ejercicio de la plena ciudadanía comunicacional de estos grupos. Hay
una cierta esquizofrenia entre una ley inclusiva y una realidad bastante
áspera. Sería ingenuo creer que esta esquizofrenia sólo se circunscribe a la
ley audiovisual: basta con leer el Artículo 14 Bis de la Constitución
Nacional para advertir que entre las
palabras y las cosas media un abismo que exhibe el carácter estructuralmente
desigual de la sociedad argentina.
A pesar de que en 2010 el gobierno organizó un
censo de emisoras con el objetivo de evaluar la ocupación del espectro
radioeléctrico y las posibilidades de inclusión previstas por la ley, las
licencias otorgadas para este sector son escasas y , en ausencia del plan
técnico (como se dijo, es el mapa de frecuencias y operadores posibles de radio
y televisión en cada una de las localidades del país), tampoco se realizan
concursos en las zonas de mayor densidad poblacional.
Frente a este panorama adverso, los propios medios
comunitarios y alternativos solicitan ante la autoridad estatal (Autoridad
Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, AFSCA), obtener
“autorizaciones precarias administrativas” como paliativo que signifique, al
menos, un mínimo reconocimiento formal. Las autorizaciones provisorias
persiguen varios objetivos: por un lado, con ellas las emisoras pueden
postularse a los concursos de fondos en el marco del FOMECA destinados a proyectos especiales de comunicación audiovisual y apoyo a servicios
de comunicación audiovisual, comunitarios, de frontera y de los Pueblos
Originarios, lo que para muchas organizaciones
es un círculo vicioso dado que el Estado les retacea la posibilidad de
concursar y de obtener autorizaciones precarias pero exige estos papeles a la
hora de distribuir fondos que la ley previó como incentivo para actores
previamente excluidos de ciudadanía; por otro lado, porque ante la posibilidad
de que el cambio de gobierno en 2015 se traduzca en una presidencia que intente
restaurar la exigencia del lucro como condición de titularidad de licencias, al
menos estas autorizaciones precarias constituirían un antecedente de
reconocimiento estatal que los protegería en una apelación en sede judicial.
El gobierno ha demorado la atención que la ley
asigna a este sector en parte porque su objetivo central ha sido la batalla
contra el grupo Clarín y la reorganización de la correlación de fuerzas
empresariales entre grandes grupos concentrados y en parte porque tomar la
decisión de reorganizar el uso del espectro radioeléctrico en las grandes
ciudades argentinas, donde el espectro está saturado por la cantidad de
emisoras legales, alegales, paralegales e ilegales en funcionamiento,
representaría la gestación de nuevos conflictos con muchos de los operadores.
Esta es una de las razones que explican la ausencia de plan técnico y la
consecuente imposibilidad de organizar concursos en las ciudades argentinas
(los concursos vigentes, que son un avance, se centran en localidades de baja
densidad demográfica y ausencia de conflicto en el uso del espectro
radioeléctrico).
No obstante, aun considerando esta razón, el Estado podría definir
políticas de asignación de las frecuencias cuyo plazo de explotación va
venciendo, de manera de poder ir cubriendo algunas de ellas con organizaciones
sin adscripción al lucro en una planificación a medio término, con el objetivo
de alcanzar el objetivo del 33%. Pero a la vez, el Estado debe definir
políticas de aliento y sostenibilidad tanto para el sector comercial como para
el sin fines de lucro, revisando los criterios actuales de asignación de fondos
que fueron fijados por reglamentación posterior a la ley (y que una nueva
reglamentación podría perfectamente modificar) para ampliar la base de
potenciales beneficiarios.
Si el Estado no define una política en la materia en los próximos
tiempos, el recambio presidencial en 2015 hallará a una nueva administración
que podrá excusarse por no adoptar iniciativas para este sector por la inercia
de desinterés que el mismo viene teniendo en las políticas públicas.
El mercado
de medios de la Argentina es inestable y tiene problemas de subsistencia. De
las cinco mil estaciones de radio que funcionan en el país, menos del 3% se
autofinancia sólo con publicidad comercial. Las empresas de televisión abierta,
sector que absorbe el 35% de la torta publicitaria, sostienen que no son
rentables. Los canales líderes en audiencia son una excepción, pues generan
ganancias basadas en su amplia red de transmisión en cadena en el horario
central (prime time) y en la exportación de contenidos. A diferencia de los
medios abiertos y generalistas, la televisión por cable es redituable, pero su
mercado dista de ser abierto a la concurrencia, ya que es cautivo del proveedor
dominante: en muy pocas ciudades hay más de una oferta. En este caso, el
operador obtiene beneficios pero nada impide que abuse de su posición y
traslade márgenes excesivos de ganancia al precio del servicio, que paga el
usuario. Su modelo de negocios se asimila al de las telecomunicaciones, aunque
en la última década le añadió al pago del abono la facturación publicitaria.
La
esperanza de ampliar las voces que acceden a la titularidad de los medios,
alentada por la ley audiovisual, podría marchitarse si no se resuelve de modo
claro, ecuánime y con reglas públicas esta cuestión crucial. También la
sustentabilidad de los medios que gestiona el Estado reclama atención no sólo
por su importancia cultural, sino también por la dimensión económica. Para
comprender la magnitud del problema es preciso reconocer que los medios comerciales
no hubieran sobrevivido a sucesivas crisis sin el diligente auxilio prestado
por las administraciones a través de la periódica condonación de deudas
fiscales y previsionales, la venta de pliegos de televisión y radio a precios
irrisorios, el socorro financiero para evitar la convocatoria de acreedores, la
desgravación impositiva, los subsidios eléctricos, los regímenes de
competitividad, la extensión de plazos de explotación del negocio, el
congelamiento de la venta de pliegos como impedimento para el ingreso de
competencia, el incumplimiento de obligaciones de inversión como el
soterramiento del cable, entre otras medidas. Esto constata que existe una
periódica intervención del Estado para otorgar discrecionalmente ayudas al
sistema de medios, y que el panorama es más complejo y diverso que el capítulo
de la publicidad oficial.
En casi
todos los países de Europa existen sistemas amplios y ecuánimes de “ayudas a la
prensa” (así denominados pero que se extienden, en rigor, a todos los medios).
Con ello, el Estado sincera la dotación de recursos para garantizar que el
ejercicio de la libre expresión sea ejercido por voces diversas y por actores
también diferentes. Ello exige ampliar la agenda de la regulación en la
comunicación: además de los temas pendientes de acceso a la información pública
y de publicidad oficial se suman ahora la necesidad de una ley de servicios
convergentes y otra de apoyos del Estado a todos los medios de comunicación. La
inversión del Estado debería ser concebida en el mismo rango que la que
realiza, con recursos públicos, en el ámbito educativo. Liberar al
financiamiento de los medios de la pauta publicitaria como única salida
económica posible, morigera su inducción al consumo y a la vez habilita una
excelente discusión acerca del mejor destino de los recursos que la sociedad
toda genera.
Los
medios comunitarios y alternativos representan en el sistema de medios una
forma radicalmente distinta de concebir la producción y circulación de noticias
y entretenimientos a la de los medios comerciales y a la de los medios
estatales. La propia gestación del sector es indicativa de modos de
organización de base que en la Argentina dinamizaron la transición democrática
y que proyectan respuestas distintas a
las que brindan los medios tradicionales frente a las necesidades sociales de
información, lo que significa en algunos
casos respuestas alternativas y, en otros, complementarias.
Cierto
es que el propio sector comunitario/alternativo debate sobre sus limitaciones y
su vocación popular y masiva. En este debate habita una cuestión central,
incómoda políticamente para quienes están identificados con esta causa, acerca
del vínculo y del arraigo social y popular de estas emisoras, de su respaldo y
de su alcance y masividad. Pero estos debates no pueden darse en el vacío, sino
que precisan de la comprensión de las lógicas de funcionamiento del resto del
sistema de medios y de sus regulaciones de hecho y de facto, lo que incluye la
consideración sobre la economía formal e informal de la producción y
circulación masiva de contenidos en la Argentina.
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